717 Ayto.- Úrsula Ruíz «ni siquiera lee lo que firma»

SAN FERNANDO | PERSONAL
 
«Si Ruiz quiere saber quiénes tienen privilegios económicos puede revisar las nóminas que despacha»
 

Información….. 13/05/2013 21:01

La delegada municipal de Dirección de Personas, Úrsula Ruíz, con la declaraciones efectuadas en los medios de comunicación, se desentiende del Acuerdo de funcionarios y del Convenio Colectivo, vigentes en el Ayuntamiento, dice el Sindicato de la Policía Local Independiente (SPLI).

Igualmente, se desentiende de la legislación estatal efectiva y demuestra una «evidente incapacidad para asumir su responsabilidad» en la delegación que ostenta, cuando «ni siquiera lee lo que firma»con los sindicatos municipales y después lo aprueba con sus compañeros gubernativos en la Junta de Gobierno Local, el día 5 de octubre de 2012, en la aplicación de la nueva normativa en materia de jornada laboral, vacaciones y permisos de los empleados públicos, permisos sindicales, productividad por dedicación y asistencia, y régimen de incapacidad temporal en el Ayuntamiento de San Fernando, impuesta por las reformas legislativas de su partido político en el Gobierno de la Nación.

El reparto de productividades, que ha prorrogado el “actual Gobierno municipal”, por exceso de jornada en concepto de dedicación, se está realizando «al margen de la legislación vigente» al respecto y de la Ley 17/2012, de 27 de diciembre, de Presupuestos Generales del Estado para el año 2013, que han modificado sustancialmente las materias referentes a la jornada laboral y horarios de trabajo, con el incremento de la jornada laboral de 35 a 37,5 horas semanales, que obliga a anular las resoluciones de gobiernos municipales pasados.

Mientras el “actual Gobierno municipal” prolonga el reparto de la productividad de determinados empleados municipales por resoluciones de gobiernos municipales pasados, durante esta legislatura el Real Decreto Ley 20/2011, de 30 de diciembre, de medidas urgente en materia presupuestaria, tributaria y financiera para la corrección del déficit público, ha modificado el criterio establecido en la resolución del 20 de diciembre de 2005 de la Secretaría General para la Administración Pública, al determinar sobre la reordenación del tiempo de trabajo de los empleados públicos, que «a partir del 1 de enero de 2012, y para el conjunto del sector público estatal, la jornada ordinaria de trabajo tendrá un promedio semanal no inferior a las 37 horas y 30 minutos”.

La aplicación del nuevo régimen de jornadas y horarios a los empleados municipales del Ayuntamiento de San Fernando y sus Organismos Autónomos, aprobado mediante Acuerdo de la Junta de Gobierno Local, de 5 de octubre de 2012, en su punto número ocho, manteniendo la productividad por dedicación de determinados puestos de trabajo no respeta los compromisos vinculantes que derivan de la negociación colectiva, vulnerando con ello lo previsto en el artículo 37.1 de la Constitución Española y supone, tanto en su tramitación como en su contenido, un ejercicio irregular de las potestades administrativas, ya que se han vulnerado las normas procedimentales para formar la voluntad de la Administración, supliendo tal voluntad por una decisión arbitraria, no respetando los preceptos de la Ley 7/2007, de 12 de abril, del Estatuto Básico del Empleado Público, vulnerando con ello el principio de legalidad al que han de someterse toda actuación administrativa.

El “actual Gobierno municipal” no hace públicas las cantidades de productividad por dedicación abonadas desde hace más de un año, a pesar de que existe obligación legal de publicidad para ofrecer la misma oportunidad al resto de empleados municipales y, si la delegada de Dirección de Personas quiere que SPLI-UPLBA identifique el grupo de empleados municipales para conocer quiénes son los beneficiados que gozan de privilegios económicos, sólo tiene que revisar las nóminas que ella despacha o examinar el Capitulo UNO de los presupuestos municipales del año 2012 prorrogado para este año, dice el sindicato.

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